La Ley 1955 de 2019, estableció una serie de deberes a cargo de los usuarios del servicio público catastral entendidos como los propietarios, ocupantes, tenedores o poseedores, titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relación fáctica o jurídica con el predio, con el propósito de que estos participen activamente en la implementación de la política del catastro multipropósito, y así mantener actualizada la información física, jurídica y económica de los predios del país, previendo inclusive que el incumplimiento de estos puede ser considerado como una infracción al régimen catast