IGAC atenderá inquietudes en Popayán sobre actualización catastral

 

  • Una comisión del Instituto visitará el municipio, para explicar las variaciones presentadas en el avalúo catastral de los predios actualizados, tanto a la ciudadanía como al ente territorial.

 

  • El IGAC provee a los municipios toda la información catastral y de avalúos, con la cual los entes territoriales realizan los procesos de cálculo y cobro de los impuestos prediales.

 

Cartagena contrata como gestor catastral a Bogotá

 

  • La prestación del servicio a los cartageneros por parte de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Bogotá iniciará este miércoles 16 de marzo, en el barrio Manga de la capital bolivarense.

 

Bogotá, 15 de marzo de 2022.  La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Bogotá, habilitada por ley como gestor catastral, inicia el 16 de marzo la prestación del servicio de catastro al distrito de Cartagena.

 

IGAC invita a los entes territoriales del país a habilitarse como gestores catastrales

 

En aras de la descentralización administrativa, el país cuenta hoy con 34 gestores habilitados para la prestación del servicio público catastral.

 

Los entes territoriales interesados pueden recibir la asesoría correspondiente a través del correo: dirhabilitacion@igac.gov.co.

 

Ley 2010 de 2019

Por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones.

Informe Final presentado al Ministro de Hacienda y Crédito público por la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad

Propone dotar al IGAC de recursos adecuados, con una participación sobre el Sistema General de Participaciones, para que pueda cumplir esta tarea, dando prioridad a la actualización de los catastros rurales y de los pequeños municipios, y al mismo tiempo, facilitar a otras ciudades y municipios importantes operar sus propios catastros o contratar actualizaciones con cualquiera de los catastros independientes existentes.

Ley 55 de 1985

Determina que los bienes inmuebles de propiedad de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional podrán ser gravados con el impuesto predial en favor del correspondiente municipio.