Reporte de Información Catastral

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SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN CATASTRAL – SINIC

Reporte de Información Catastral por Gestores Catastrales

 

Resolución 301 de 2025  "Por la cual se adopta el Sistema Nacional de Información Catastral – SINIC, se establecen las condiciones para el reporte de información por parte de los gestores catastrales y se deroga la Resolución IGAC 315 de 2022."

Anexo 1. Anexo 1 Modelo_Aplicacion_LADMCOL_SINIC_V1_0

Anexo 2. Instructivo para la estructuración de la información catastral del modelo de aplicación LADM_COL SINIC V1.0

Anexo 3. Documento de Homologación del modelo de aplicación LADM_COL SINIC V1.0

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¿Qué es el SINIC?

El SINIC es un sistema de información administrado por el IGAC, que permite la consolidación y disposición de la información catastral nacional generada por los gestores catastrales en el ejercicio de sus funciones.

La adopción del SINIC y las condiciones para el reporte de información catastral establecidas en la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para todos los gestores catastrales del país.

El reporte de información en el SINIC es obligación exclusiva de los gestores catastrales.

 

¿Cuándo entró en operación el SINIC?

El SINIC entró en operación en el mes de mayo de 2023. A partir de esta fecha se encuentra deshabilitada “herramienta transitoria” establecida en la Resolución IGAC 315 de 2022. Mediante la Resolución 301 de 2025 se oficializa la adopción de este sistema.

 

¿Por qué cambian las condiciones de reporte de información catastral al SINIC?

El SINIC que entró en operación en mayo de 2023 implementó el modelo de aplicación “Reporte de Información Catastral LADM_COL RIC V0.1”, no obstante, en 2023 y 2024 se dio un cambio en la normatividad catastral con la expedición de las Resoluciones IGAC 1040 de 2023, 746 de 2024, IGAC 662 y SNR 05346 de 2024 e IGAC 1456 y SNR 09844 de 2024, que hicieron necesario armonizar el estándar para el reporte de información catastral con estas disposiciones y adoptar un nuevo modelo de reporte: el modelo de aplicación LADM_COL SINIC V1.0, para lo cual, la Resolución 301 de 2025 establece un periodo de transición hasta el 28 de marzo de 2026.

Además, para garantizar una transferencia de la información catastral más eficiente, que permita una adecuada integración con el Repositorio de Datos Maestros y con otros sistemas de información para la administración del territorio, se hace necesario realizar adaptaciones tecnológicas al SINIC, tendientes a implementar mecanismos de interoperabilidad para la recepción y difusión de la información catastral que se consolida en este sistema y establecer los respectivos protocolos de intercambio y actualización de datos.

 

¿Cómo acceder al SINIC?

Todos los gestores catastrales actualmente cuentan un usuario y contraseña para acceder al SINIC, en el sitio sinic.igac.gov.co

Para atención al usuario SINIC contáctenos al correo electrónico dirhabilitacion@igac.gov.co

 

Condiciones para el reporte de información en el SINIC

 

 

Hasta el 28 de febrero de 2026

Hasta el 28 de febrero de 2026, se realizará conforme a las condiciones establecidas en la Resolución IGAC 315 de 2022 en lo referido a periodicidad, términos, grupos de reporte, entrega en el formato de intercambio de interlis XTF y modelo de aplicación “Reporte de Información Catastral LADM_COL RIC V0.1

 

A partir del 1 de marzo de 2026

Se adopta el modelo de aplicación LADM_COL SINIC V1.0. Este modelo incorpora el Submodelo de Cartografía Catastral V1.1, también de adopción obligatoria por parte de los gestores catastrales.

 

 

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Anexo 1. Anexo 1 Modelo_Aplicacion_LADMCOL_SINIC_V1_0

Sistema de referencia. Datum Magna-Sirgas, proyección cartográfica Magna Sirgas/Origen Nacional.

 

Información requerida

  1. Entregas totales: Se realizarán entregas de información anuales con la totalidad de predios activos inscritos en la base de datos catastral de cada municipio de su jurisdicción, mediante archivo en formato de intercambio de interlis, *.XTF, cargado en el sistema SINIC. La primera entrega en el modelo de aplicación LADM_COL SINIC V1.0 se realizará en marzo de 2026 con corte a 28 de febrero de este mismo año. En adelante, entregas anuales en el mes de febrero.
  2. Entregas parciales: A partir de la primera entrega, los gestores catastrales deberán reportar al SINIC los trámites y mutaciones catastrales bajo la estructura del modelo SINIC V.1.0, proporcionando la información completa de los predios que hayan sido objeto de ingresos, modificaciones o cancelaciones realizadas por el proceso de conservación catastral.
  3. Informe de estadísticas anuales: A partir del mes de enero del año 2027 los gestores catastrales deberán presentar un reporte de estadísticas anuales dentro de los primeros treinta (30) días calendario de cada año.

Los términos para el reporte de información se encuentran en los artículos 7, 8 y 9 de la Resolución 301 de 2025.