Catastro Multipropósito, responsabilidades y competencias del proceso

Catastro Multipropósito, responsabilidades y competencias del proceso
  • Aquí explicamos qué sigue después de la actualización catastral, para que la ciudadanía conozca quién es el responsable de las gestiones y atención a los diferentes trámites.

 

Bogotá D.C. 02 de mayo de 2023.

 

En lo corrido del 2023, entraron en vigencia 17 actualizaciones catastrales con enfoque multipropósito realizadas por el IGAC, en igual número de municipios del país. Con estos procesos, se actualizó el inventario de predios de cada territorio, que sirve como insumo para la planeación, el ordenamiento territorial, el acceso a tierras, la formalización, titulación, regulación o legalización de la propiedad; el fortalecimiento de las finanzas y políticas públicas, entre otros usos multipropósito, así como facilitar la toma de decisiones en pro del desarrollo local.

 

Este proceso se desarrolla en varios momentos y cuenta con la participación de distintas entidades y actores que cumplen diferentes funciones en cada una de las etapas.

 

El IGAC se ocupa de los componentes físicos, jurídicos y económicos de cada una de las propiedades que hacen parte de las zonas en donde se realiza, mediante procesos técnicos, la actualización. Estos componentes contienen información sobre ubicación, áreas, usos de la propiedad, propietarios, poseedores, valores, entre otros.  Una vez se terminan las diferentes fases metodológicas y se realizan las actividades de aseguramiento y control de calidad, se expide una resolución que da por culminada la actualización catastral en el municipio y entran en vigencia los avalúos que fueron adelantados en esa primera fase.

 

Esta información, incluyendo los avalúos, hacen parte de la información que entrega el IGAC a las administraciones municipales, denominadas “Bases catastrales”, como insumo para que la administración tributaria local establezca la base gravable del impuesto predial.

 

De esta manera las secretarías de hacienda municipales pueden liquidar el impuesto predial unificado y aplicar las tarifas o porcentajes que se definen en el estatuto tributario del municipio, previamente aprobado por el concejo.

 

Tras la culminación de este proceso, es importante aclarar que las reclamaciones relacionadas con tarifas y liquidación del impuesto predial, deben ser presentadas por el ciudadano ante la administración municipal, ya que es ella la responsable de realizar los ajustes de los porcentajes y valores.

 

Por su parte, el IGAC resuelve las inquietudes que presenten directamente los propietarios o poseedores que tengan que ver con temas catastrales, tales como ubicación, propiedad, uso y valores de las diferentes propiedades que hayan sido actualizadas.

 

Los propietarios o poseedores que requieran hacer sus solicitudes ante el Instituto, pueden presentarlas con los soportes que las justifiquen, a través de los canales de comunicación presenciales en las direcciones territoriales. En el siguiente link encuentra direcciones y horarios de atención https://www.igac.gov.co/es/oficinas-de-atencion. Además, pueden hacerlo vía correo electrónico escribiendo a contactenos@igac.gov.co

 

El cumplimiento de cada uno de estos pasos hace parte del compromiso del IGAC por adelantar de manera efectiva la implementación del Catastro Multipropósito en el país y de construir también una Geografía para la Vida.