
El IGAC invita a la ciudadanía a conocer y realizar sus comentarios respecto a la resolución 828 del 15 de julio de 2019 por la cual “Por la cual se fijan las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y financieras, para la habilitación de los gestores catastrales del servicio público catastral, y se dictan otras disposiciones.”
Quienes quieran hacer sus comentarios favor enviarlos al correo: subcatastro@igac.gov.co
Los comentarios se recibirán dentro de los próximos diez (10) días hábiles.
Nota: se aclara que se trata de un error la mención de un "anexo técnico" en el título de esta resolución
Consulte aquí la resolución 828 del 15 de julio de 2019